viernes, 13 de abril de 2012

La Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Laboral fallo a favor de Boca en el "Caso Caranta"

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Laboral Nº 9, rechazó la acción iniciada por Mauricio Caranta contra el Club Atlético Boca Juniors y condenó al jugador al pago de las costas del juicio y a una indemnización a favor del equipo de La Ribera.
Mauricio Caranta se consideró despedido tras haber llegado a la Pretemporada en Tandil, en enero de 2009, bajo la dirección técnica de Carlos Ischia y, tras haber salido campeón del Apertura ´08, fue separado del plantel y enviado a entrenarse con la Reserva del club. 

La sentencia que sentará jurisprudencia, sin lugar a dudas, manifiesta que: "... La reacción del arquero fue  improcedente, ya que la decisión tomada por Boca está dentro de sus facultades de dirección y organización". Por lo que se rechazó el pedido de Caranta, "despido indirecto".  (Arts 242 y 246 del la Ley 20.744)
El Juez hizo lugar a la Reconvención iniciada por Boca Juniors contra el jugador, basándose en que el arquero, "... dispuso de la ruptura intempestiva e injustificada del contrato que lo unía con la institución".


El jugador tiene derecho, seguramente lo ejercerán sus letrados, de apelar el fallo ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. 

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